Qué puede llevar a un chico joven y bien entrenado, atlético, de apariencia sana, y con toda la vida por delante, a matar a su novia y a una amiga de ella?
Muchos criminólogos, policías, investigadores, psicólogos y psiquiatras de la rama judicial y forense, nos estamos preguntando qué le habrá sucedido para realizar semejante atrocidad.
En ocasiones, y aun teniendo en cuenta que muchas veces asesinar a otro es un mero hecho circunstancial, que cualquiler persona considerada » normal» puede cometer; se dan importantes predisposiciones como factores de personalidad ( como es por ejemplo el caso de una personalidad impulsiva, y agresiva, que carece de control de impulsos, o que si los tiene son muy laxos). En otras ocasiones, es debido a algún tipo de enfermedad mental que afecte a esa misma esfera de la agresividad y el impulso; pero en otras muchas, la inmensa mayoría al parecer, ni hay enfermedad mental, ni hay problemas de personalidad concretos y fidedignos a los que atribuir un crimen. Es precisamente en estos casos cuando la pena es mayor, pues por ejemplo, la planificación fría del hecho, se considera un agravante que suele incrementar la duración de la pena. Si, como en el caso de Sergio Morate, hay parece ensañamiento, por la brutalidad de la agresión, este sería un agravante mayor para incrementar la pena.
Es importante que los profesionales, expliquemos a la población, el tema de la causalidad. Aunque dice el dicho:-» que donde no hay un movil, no hay un crimen» , y aunque eso no sea realmente cierto estricto senso, es cierto que en las autopsias psicológicas, igual que en la criminología, y en los dictámenes periciales, hay que encontrar un movil, una causa que impulsará a este chico a matar a estas dos jóvenes.
En ocasiones, cuando se dan celos en la pareja, en concreto cuando un varón con conductas agresivas ( generalmente ya reincidente en un delito de tipo sexual o de violencia de género) se siente con celos hacia otro varón, sea o no nueva pareja de su ex novia, o sea amigo de ésta, este tipo de » delirio celotípico» puede ser la manifestación de un amplio abanico de conductas represoras y castigadoras de su pareja que tienen el común denominador intencional de » darle un escarmiento» . Este escarmiento, está claro que a Sergio Morate se le ha ido de las manos…, por suerte aun existiendo celotipias, el resultado del mismo se queda en cuatro insultos o palabras malsonantes hacia la chica ( que también constituirían delito menor) y cuatro respuestas airadas propias de las discusiones de ruptura entre una pareja joven. En este caso, a este chico joven con ayuda de cómplices en otro país y con antecedentes penales previos por otra condena, las cosas se le ponen difíciles si en una peritación forense no se puede demostrar enfermedad mental con pérdida de conciencia en el momento de comisión del delito.
Este presunto asesino, había comprado cal para enterrar el cuerpo de su novia, y según los policías encargados del caso, esta cal era insuficiente para tapar los dos cuerpos de las chicas ; lo que apunta a que muy probablemente la planificación del asesinato de Marina, no fuera igual que el asesinato de su amiga, cuya aparición pudo sorprenderle y, quizá debido al ensañamiento con esta segunda víctima podría considerarla culpable de la ruptura de su relación sentimental. En el caso de comprobarse que esto es así el agravante de premeditación solo podría aplicarse a una de las muertes. Y, también probablemente el agravante de » ensañamiento» a las dos.
Los forenses (psicólogos y psiquiatras ) necesitamos que en nuestro informe pericial, existan datos objetivos para poder demostrar que el estado mental de la persona en el momento del hecho era tal estado, a juzgar por lo detectado durante la evaluación forense, y que, -además- ,para decir si ese sujeto es imputable o inimputable por parte de un juez, ha habido conciencia del acto y por lo tanto responsabilidad. La excepción a este procedimiento y a todos los protocolos, es debida a enfermedad mental que constituya una enagenación mental de tipo transitorio, que, en cualquier caso, ha debido quedar demostrada. Pero, por suerte, no basta esto para que el delito no sea imputable, o se exima de responsabilidad, sino que es preciso demostrar una relación de causa efecto entre dicho estado y la supuesta pérdida de conciencia y el delito cometido o, en otro caso, el peor estado mental del mundo, resultaría así mismo insuficiente para que el reo juzgado fuera eximido de su responsabilidad, y por tanto de su culpa; ya que es bien cierto que » donde no hay responsabilidad , no hay delito»
En cuanto a la polémica » prisión permanente revisable» aclarar que , indudablemente, NO ES una pena de » cadena perpetua», muy a pesar de la labor de desinformación que han hecho muchos medios de comunicación respecto a la decisión del Ministro, y también la mala información que tienen al respecto los propios partidos de la oposición. En este caso, ( y sólo en este caso), me veo en la obligación de defender al Ministro en sus argumentos, porque por desgracia de todos los políticos que han hablado de ello, tan sólo el señor Ministro está bien informado y asesorado científica y jurídicamente en ese tema. Me explico:
La prisión permanente revisable se aplica en países de nuestro entorno como Gran Bretaña por ejemplo, y no corresponde al concepto de cadena perpetua. La prisión permanente revisable que se le aplicará a Sergio Morate por primera vez, es una pena basada sobretodo y por encima de todas las cosas, en la reiteración de delitos sexuales que no suelen rehabilitar y suelen ser resistentes a toda psicoterapia sexual, por tanto reinciden en condiciones de libertad , por lo que suelen volver a prisión, por muchas medidas rehabilitadoras que se aplican. Y eso sin olvidar, que el mayor daño psicológico ( y también el que peor rehabilita en una víctima de agresión sexual) es sin lugar a dudas, el delito sexual, sobre todo cuando la víctima es de corta edad y/o no ha cumplido su desarrollo madurativo y sexual. Es por tanto la edad de la víctima o víctimas, la reiteración del delito y otros parámetros relacionados con la reincidencia y mala escasa o nula rehabilitación, lo que da origen al diseño de esta » prisión permanente revisable», que muchos forenses estábamos demandando a gritos, para que se evite el reaparecer para evaluar a la misma persona por el mismo delito.
Ni tiene que decir la cosa, que, por supuesto las medidas de reinserción y rehabilitación social dentro de prisión son ineludibles, y siempre se realizan, con mejores o peores resultados, y por supuesto que si este chico es juzgado y sometido a este tipo de pena, si demuestra su rehabilitación a lo largo del tiempo la pena se revisará y no será perpetua. En otro caso, no podrá salir de prisión para seguir agrediendo sexualmente a mujeres o matarlas. En mi humilde opinión personal , este chico se ha arruinado la vida, así como ha arruinado la de Marina y Laura y la de sus familias. Si es, como parece, un sujeto con rasgos de psicopatía o antisocialidad, no parece que el alcance emocional de lo que esto supondría en su vida, lo pueda percibir como otra persona sin estos rasgos.
En Omega Psicología queremos animar a las familias de Laura y Marina y a su entorno más cercano, a seguir adelante, y recordar que, además de periciales jurídico forenses, nosotros hacemos tratamientos para duelos complicados y para situaciones traumáticas, y depresiones. Desde OMEGA PSICOLOGÍA todo nuestro apoyo para los familiares de Marta y Marina y para todo su entorno de amigos.